¿Protocolo o sentencia?
Me preguntaron en mi canal de X si la ventilación mecánica para covid es más mortífera que el Covid.
Mortalidad intrahospitalaria en pacientes covíd con ventilación mecánica
Durante la era covid, uno de los temas más controvertidos ha sido la elevada tasa de mortalidad asociada al protocolo de ventilación mecánica en pacientes covíd ingresados en UCI.
El estudio publicado el 7 de junio de 2024 titulado «Hospital mortality, comorbidities and costs of one million mechanically ventilated patients in Germany» (Mortalidad hospitalaria, comorbilidades y costes de un millón de pacientes con ventilación mecánica en Alemania) de Christian Karagiannidis et al., publicado en The Lancet, arroja cifras alarmantes: la tasa de mortalidad hospitalaria entre los pacientes cevíd que recibían ventilación mecánica era del 53,7%, con variaciones significativas en función de la edad y las comorbilidades.
Un protocolo a examen: la tasa de mortalidad en el 53,7
El estudio de Karagiannidis et al., informa de que de 1.003.882 pacientes ventilados mecánicamente en 1.395 hospitales de Alemania, el 53,7% de ellos no sobrevivió. Esta cifra plantea una cuestión de máximo interés para toda la sociedad. ¿Cuál es la justificación ética de utilizar la ventilación mecánica como intervención estándar, sin ninguna eficacia, para los pacientes con Covid-19? La situación se vuelve aún más alarmante si se tiene en cuenta que el 17,5% de los pacientes con ventilación mecánica habían sido reanimados, presentando una tasa de mortalidad del 78,2%. ¿Qué tipo de protocolo es aquel en el que mueren más de la mitad de los pacientes? ¿Qué nombre puede darse a este tipo de directrices, a todas luces ineficaces y perjudiciales?
La ventilación mecánica implica la intubación y la inducción de un coma artificial, que requiere asistencia circulatoria y cuidados intensivos completos. Este procedimiento invasivo y arriesgado se adoptó de forma generalizada bajo la premisa de que podía salvar vidas al permitir la recuperación de los pulmones de los pacientes. Sin embargo, las elevadas tasas de mortalidad nos indican que en muchos casos la intervención ha hecho más mal que bien.
El estudio subraya lo que ya sabíamos: que las tasas de mortalidad aumentan significativamente con la edad, sobre todo en los mayores de 60 años. Esto significa que la ventilación mecánica puede ser especialmente inadecuada para los pacientes de edad avanzada, lo que plantea cuestiones éticas relacionadas con la conveniencia de su uso generalizado en esta población vulnerable.
La OMS y la implementación de directrices: ¿Dónde quedan las perspectivas éticas?
Derecho a la vida y la Dignidad de las personas.
Una de las cuestiones más preocupantes es por qué la Organización Mundial de la Salud (OMS) promovió la aplicación de estas directrices y recomendaciones de forma heterogénea entre países. La OMS, como autoridad sanitaria mundial, tiene la responsabilidad de proporcionar orientaciones basadas en las mejores pruebas disponibles y adaptadas a los contextos locales. Sin embargo, la adopción masiva y, en muchos casos, indiscriminada de la ventilación mecánica revela una falta de reflexión crítica y de adaptación a las circunstancias específicas. La elevada tasa de mortalidad asociada a la ventilación mecánica exige que en el futuro se lleve a cabo una reevaluación constante de las directrices promovidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS). La homogeneización de los protocolos sin tener en cuenta las variaciones en la respuesta de los pacientes y la resistencia a tratamientos alternativos plantea serios dilemas éticos.
La recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de utilizar la ventilación mecánica como tratamiento primario para los pacientes críticos. Puede considerarse una directriz, promovida sin pruebas científicas sólidas y sin advertir adecuadamente de los riesgos inherentes, ha dado lugar a una tasa de mortalidad alarmante y ha generado una serie de graves implicaciones éticas y profesionales.
Falta de evidencia sólida
La ventilación mecánica, se convirtió sin serlo, en un tratamiento estándar, sin la suficiente evidencia de su efectividad específica contra el Covid. Y he dicho sin serlo, porque no es un tratamiento, y esto es así no cura la causa subyacente de la insuficiencia respiratoria. Por lo tanto se sometía a los pacientes a una apariencia de tratamiento sin serlo. No podía tratarse la enfermedad primaria, porque de acuerdo a la Ley de la FDA (21 U.S.C. § 360bbb-3. Authorization for medical products for use in emergencies), para poder autorizar las llamadas vacunas de emergencia, no podía haber alternativas adecuadas, aprobadas y disponibles para tratar o prevenir la enfermedades o condiciones serias o que amenazaran la vida. Esto explica la resistencia a tratamientos alternativos como la ozonoterapia.
Los estudios han demostrado que, en muchos casos, los pacientes con covid pueden beneficiarse mucho más con estrategias menos invasivas, como la oxigenoterapia de alto flujo o la posición prona. La implementación prematura y generalizada de la ventilación mecánica contribuyó a las altas tasas de mortalidad observadas.
Esta disparidad pone de relieve la necesidad de que las directrices globales se adapten a las realidades locales, garantizando que las recomendaciones sean viables y efectivas en diversos contextos.
La utilización de la ventilación mecánica en pacientes con covid no solo plantea interrogantes sobre su efectividad clínica, sino que también suscita serias preocupaciones éticas. La ética médica exige que las intervenciones consideren la calidad de vida y evitar el sufrimiento de los pacientes.
Consentimiento Informado y Autonomía del Paciente
La intubación y ventilación mecánica son procedimientos que requieren una explicación clara de los riesgos y beneficios, algo que demasiado a menudo se pasó por alto. Es esencial que los pacientes y sus familias comprendan plenamente las implicaciones de la ventilación mecánica para tomar decisiones informadas.
Beneficencia y no maleficencia
Los principios de beneficencia (hacer el bien) y no maleficencia (no hacer daño) son fundamentales en la ética médica. La alta mortalidad asociada con la ventilación mecánica indica que, en muchos casos, el tratamiento puede haber causado más daño que beneficio. Era crucial que los profesionales de la salud hubieran evaluado constantemente si las intervenciones estaban alineadas con estos principios, ajustando las estrategias según estos principios.
La declaración de emergencia de interés internacional por covid de la OMS, ha puesto a prueba y revelado las faltas de ética de la OMS al impulsar un protocolo con una mortalidad superior al 50%, mientras impedían y dificultaban cualquier tratamiento con ivermectina, que no causó la muerte a ningún paciente.
Durante al era covid, la OMS, y la FDA, bloquearon activamente el uso de ivermectina, a pesar de que no se registraron muertes por su uso, a diferencia del protocolo de ventilación mecánica por el que cientos de miles de pacientes fallecían al ser sometidos a este protocolo, mientras que por causa de la Ivermectina no moría nadie. Esta represión implementando protocolos como el de ventilación mecánica no contrastados haciendo creer a los familiares que era un tratamiento, cuando no lo era, viola el artículo 81.5 del Código Deontológico Médico, que prohíbe la difusión de información falsa y no contrastada.
La ivermectina fue incluida en la lista de medicamentos esenciales para la humanidad en 2015. Esta inclusión reconoce su importancia y su impacto significativo en la salud pública global.
En la primavera de 2024, por orden judicial la FDA fue obligada a retirar toda la propaganda que había lanzado en redes y en los medios contra el uso de la ivermectina, propaganda que incluía a los médicos utilizar la Ivermectina como tratamiento médico. Los hechos son indicativos de la necesidad de una revisión crítica de las directrices oficiales y de la transparencia en la comunicación de riesgos y beneficios de los tratamientos.
El estudio de Karagiannidis et al., sobre la alta mortalidad hospitalaria entre los pacientes ventilados mecánicamente en Alemania destaca la necesidad urgente de reevaluar las directrices, protocolos y recomendaciones establecidas por la OMS.
Las recomendaciones no eran dinámicas, no se adaptaban rápidamente a los nuevos conocimientos sobre la enfermedad y sus tratamientos. La OMS no consideró intervenciones menos invasivas ni exploró alternativas a la ventilación mecánica que pudieran ofrecer mejores resultados para los pacientes. O paracetamol hasta necesitar ventilación mecánica o vacunas.
La capacitación en el uso de estrategias menos invasivas en la gestión de los pacientes en diferentes etapas de la enfermedad, la investigación rápida y transparente, los estudios sobre tratamientos y protocolos que Médicos por la Verdad desde el principio de la era covid, compartíamos abiertamente y sometíamos a revisión crítica en el grupo internacional; siempre centrados en el bienestar de los pacientes, buscando un equilibrio con el principio de prudencia, asegurando que las intervenciones fueran justificables desde la perspectiva médica y ética, nos ayudaron a no depender de la ventilación mecánica. Lo que nos costó expedientes sancionadores por parte de los colegios de médicos por no aplicar esos protocolos, pero lo verdaderamente relevante es que salvamos miles de vidas y ninguno de nuestros pacientes falleció por causa de esa enfermedad.
La ventilación mecánica: puede causar complicaciones graves, incluyendo infecciones, daño pulmonar y problemas cardiovasculares. La intubación prolongada también puede llevar a daños en las vías respiratorias y otras complicaciones.
Las tasas de mortalidad en pacientes con covid que recibieron ventilación mecánica son alarmantemente altas. Esta intervención, que no tratamiento, más de la mitad de las veces no mejoró los resultados y estuvo asociada con altas tasas de mortalidad, especialmente en pacientes mayores.
la ventilación mecánica no debió ser el tratamiento de primera línea en todos los casos de insuficiencia respiratoria por covid. Lo importante no debia haber sido el protocolo, para quedar exento de responsabilidad si moria el paciente, sino evaluar cuidadosamente a cada paciente antes de optar por este método invasivo. En demasiadas ocasiones los familiares debieron escuchar a los médicos pronuciar: “hemos hecho lo que hemos podido pero desgraciadmanete” ……
La implementación de la ventilación mecánica no estaba guiada por principios éticos sólidos y no se basaba en evidencia clínica robusta. La presión para utilizar ventiladores durante la pandemia llevó a su uso inapropiado en muchos casos.
El manejo de la ventilación mecánica requiere personal altamente capacitado y recursos adecuados. La falta de estos pudo contribuir a los malos resultados y las altas tasas de mortalidad observadas
Además, la promoción de la ventilación mecánica por parte de la OMS sin evidencia científica concluyente y sin informar adecuadamente sobre los riesgos contraviene el artículo 10.3 del Código Deontológico Médico, que establece la obligación de proporcionar información veraz y completa a los pacientes sobre las opciones terapéuticas disponibles.
El caso del paciente de Castellón
Un caso emblemático es el del paciente de Castellón, quien tenía un 95% de probabilidades de morir en la UCI bajo ventilación mecánica. Ante la falta de recuperación, se solicitó al juzgado que se le permitiera recibir tratamiento con ozonoterapia. La justicia accedió, y el Dr. Pérez Olmedo, especialista en ozonoterapia, viajó desde Pontevedra para administrarlo. A pesar de la fuerte oposición de los médicos del hospital, que incluso organizaron manifestaciones y apelaron a instancias judiciales como el Sr. Presidente del poder Judicial y presidente del Tribunal Supremo Sr Carlos Lesmes. La decision de la magistrada fue avalada por la Comisión Permanente del CGPJ, cuyo núcleo duro estaba compuesto por siete vocales y su presidente, Carlos Lesmes, que respondió: “De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, el órgano de gobierno de los jueces no puede dictar instrucciones de carácter general o particular dirigidas a jueces o tribunales sobre la aplicación o interpretación jurídica que llevan a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional". Por lo tanto respondió a la petición de los médicos que solicitaban la suspensión del tratamiento con ozonoterapia, diciéndoles que la ley prohíbe inmiscuirse en las resoluciones de instancias inferiores. En consecuendia el tratamiento se llevó a cabo y el paciente se recuperó completamente.
La reacción adversa de los médicos del hospital de Castellón refleja una resistencia institucional al cambio y una adherencia rígida a protocolos que, según los datos, no estaban beneficiando al paciente. Esta situación plantea preguntas sobre la flexibilidad y adaptabilidad del sistema de salud ante nuevas evidencias y tratamientos alternativos. La actitud de los médicos, que negaron cualquier otra opción terapéutica, expone a los pacientes a riesgos innecesarios y limita su acceso a posibles tratamientos salvadores. Además, la insistencia en este protocolo llevaba a la negación de alternativas terapéuticas, como la ozonoterapia, incluso cuando esta demostró ser efectiva y salvó la vida del paciente.
La experiencia del Dr. Pérez Olmedo con la ozonoterapia sugiere que existen alternativas viables a la ventilación mecánica que merecen ser exploradas. La ozonoterapia, aunque no convencional, ha mostrado resultados prometedores en la mejora de la oxigenación y la recuperación de pacientes críticos. Este caso resalta la importancia de considerar tratamientos compasivos y personalizar las decisiones clínicas según las necesidades individuales del paciente.
Este caso pone de manifiesto la resistencia de los sistemas sanitarios a tratamientos alternativos y subraya la importancia de la libertad de tratamiento garantizada por el artículo 20.2 del Código Deontológico Médico.
Médicos por la Verdad: abanderados de la libertad de tratamiento, salvando vidas a pesar de la represión
En Médicos por la Verdad somos un colectivo de profesionales médicos, presente en más de 20 países, que hemos cuestionado abiertamente las directrices de la OMS y defendido el uso de tratamientos alternativos a protocolos que eran causa de tasas de mortalidad muy superiores a las de la propia enfermedad. A pesar de los resultados positivos obtenidos con nuestros tratamientos y a pesar de nuestros éxitos en salvar vidas como he mencionado, hemos sido objeto de expedientes sancionadores por parte de los colegios médicos, acusados de no seguir los protocolos oficiales. Esta persecución contraviene el artículo 20.2 del Código Deontológico Médico, que garantiza la libertad de tratamiento según el leal conocimiento del médico.
En Médicos por la Verdad defendemos la libertad terapéutica, de tratamiento y método, un derecho reconocido para todos los médicos, en el Código de deontología médica. Un derecho que en una auténtica usurpación de competencias, la OMS viene suprimiendo en caso de emergencias sanitarias, Por tanto debemos cuestionar las narrativas oficiales. Por defender en la práctica la libertad de tratamiento y método que otorga a los médicos el código de deontología médica hemos enfrentado sanciones y persecuciones por nuestra postura. Pero si no pudiéramos aplicar en la vida real la libertad de tratamiento, porque la OMS no lo permite, entonces el código de deontología no sería más que un conjunto de normas vacías de contenido.
La promoción de un protocolo con altas tasas de mortalidad, la represión de alternativas efectivas y la difusión de información sin evidencia científica sólida contravienen múltiples artículos del Código Deontológico Médico.
Reevaluación de protocolos: Es crucial que las directrices de la OMS y otras autoridades sanitarias se revisen a la luz de los datos recientes, considerando la alta mortalidad asociada.
Los sistemas de salud deben ser más flexibles y abiertos a tratamientos alternativos, permitiendo la personalización del tratamiento según las necesidades individuales del paciente.
Formación y recursos: Incluso cuando el personal médico puede estar adecuadamente formado no cuenta con los recursos necesarios para manejar tratamientos alternativos de manera segura y efectiva. Es fundamental fomentar la investigación en tratamientos alternativos: como la ozonoterapia, proporcionando una base de evidencia robusta para su uso en la práctica clínica. O como hemos hecho con la Ivermectina y otros en muchos países del mundo con grandes resultados.
Me preguntaron en canal de X si la ventilación mecánica es más mortífera que el Covid.
Y debo responder que sí y con mucha diferencia.
La mortalidad del protocolo de ventilación mecánica hemos dicho que en Covid es superior al 53 % y al 73% en aquellos que fueron reanimados,
La tasa de mortalidad por infección (IFR) Covid, fue publicada en el Boletín oficial de la OMS, en octubre de 2020. de acuerdo a esta publicación liderada por el epidemiólogo de la Universidad de Stanford Jon Ioannidis bajo el título "Infection fatality rate of COVID-19 inferred from seroprevalence data". El estudio sitúa la letalidad por Covid en alrededor del 0.23% a nivel mundial, y puede ser tan baja como 0.05% en personas menores de 70 años.
Jon Ioannidis analizó datos de seroprevalencia de 61 estudios y 51 localidades en todo el mundo para estimar la IFR del COVID-19. Su análisis concluyó que la mediana de la IFR era de 0.27% (0.23% con ajuste de sesgos a nivel global, con tasas más bajas para poblaciones más jóvenes y más altas para los adultos mayores, al 1%.
Por lo tanto, la tasa de mortalidad por protocolo de ventilación fue del 53,7% y del 73% para aquellos que hubieron de ser reanimados. Mientras que la tasa de mortalidad por Covid era inferior al 1%.
Como consecuencia debemos reevaluar las pretensiones de la OMS, respecto a la implantación de medidas totalitarias en aplicación de las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional RSI. Cuyas enmiendas deberán ser rechazadas en el plazo de 16 meses, que todavía quedan desde que se aprobaron el 1 de junio de 2024.
Boletín de la Organización Mundial de la Salud. 1 de enero de 2021; 99(1): 19–33F. Publicado en línea el 14 de octubre de 2020. doi: 10.2471/BLT.20.265892 https://doi.org/10.2471%2FBLT.20.265892 https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/33716331/
Las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional y el Tratado de pandemias
Como he dicho el 1 de junio de 2024, la OMS aprobó enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (RSI), estipulando en su anexo 1 que cualquier información que contradiga sus dictados debe ser etiquetada como desinformación. Además, el Tratado de Pandemias, sobre el que se sigue discutiendo para su aprobación, establece en su art. 18, que todos los países deben luchar contra la desinformación. Sin embargo, la falta de una definición clara de "desinformación" en estos documentos permite interpretaciones subjetivas que pueden ser utilizadas para silenciar voces críticas y limitar el debate científico, obstaculizando los avances científicos y la libertad de expresión. De esta forma es como la OMS en realidad no reconoce los errores cometidos, no fomenta un enfoque más inclusivo, ni permite una evaluación crítica.
En el futuro debemos cuestionar las pretensiones de la OMS, todos sus protocolos, todas las restricciones que pretenda imponer. A tenor de que puede imponer vacunaciones obligatorias, cuarentenas, confinamientos, denegación de entrada a países. Obligatoriedad de pasaportes de vacunación y otras a cada cual mes totalitaria. Y hacer campañas de comunicación pública para cambiar la narrativa oficial, reduciendo el pánico y promoviendo una respuesta más medida y basada en datos.
REFERENCIAS
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